lunes, 23 de abril de 2018

RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL


Se recuerda para la Entidades sin Ánimo de Lucro que el próximo 30 de abril de 2018, se vence el plazo para pertenecer al Régimen Tributario Especial.
El Ministerio de Hacienda, por intermedio de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, expidieron el Decreto 2150 de 2017, en el marco de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural y se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, realizó modificaciones al tratamiento tributario aplicable a las donaciones efectuadas a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial y a las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario; con el fin de Que el artículo 19 del Estatuto Tributaría, modificado por el artículo 140 de la Ley 1819de 2016, establece: "Todas las asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, conforme a las normas aplicables a las sociedades nacionales. Excepcionalmente, podrán solicitar ante la administración tributaria, de acuerdo con el artículo 356-2, su calificación como contribuyentes del Régimen Tributario Especial, siempre y cuando cumplan con los requisitos que se enumeran a continuación: 1. Que estén legalmente constituidas, 2. Que su, objeto social sea de interés general en una o varias de las actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del presente Estatuto, a las cuales debe tener acceso la. comunidad, 3. Que ni sus aportes sean reembolsados ni sus excedentes distribuidos, bajo ninguna modalidad, cualquiera que sea la denominación que se utilice, ni directa, ni indirectamente, ni durante su existencia, ni en el momento de su disolución y liquidación, de acuerdo con el artículo 356-1 ".
En consecuencia, se requiere dar cumplimiento con lo preceptuado, para lo cual el Representante Legal iniciará los procesos, diligenciamientos y trámites necesarios para presentar ante la DIAN solicitud de permanencia en el Régimen Tributario Especial.
ENLACES NORMATIVIDAD: Fuente DIAN.
  • Ley 1819 de 2016 Por medio de la cual se adopta una Reforma Tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones, articulo 140 al 164. https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.pngVer documento
  • Decreto 2150 de 2017 Por medio del cual se reglamenta la normatividad aplicable a los contribuyentes del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta. https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.pngVer documento
  • Resolución 019 de 2018 Por la cual se adopta el Servicio Informático Electrónico Régimen Tributario Especial y se dictan otras disposiciones. https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.pngVer documento  - Ver anexos  https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.png1https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.png2https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.png3https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.png4 y https://www.dian.gov.co/_layouts/images/icpdf.png5


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